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DENUNCIA PRESENTADA POR MARCELO RIVERA ANTE LA PLATAFORMA REGIONAL DE DERECHOS HUMANOS DEMOCRACIA Y DESARROLLO

Quito, 14 de noviembre de 2011 

DR. PABLO A. DE LA VEGA M.

COORDINADOR REGIONAL DE LA PLATAFORMA INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DEMOCRACIA Y DESARROLLO (PIDHDD).

 

Licenciado MARCELO FAUSTO RIVERA TORO, ex Presidente de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador (FEUE), persona privada de libertad (PPL) en el CENTRO DE REHABILITACIÓN DE SUCUMBÍOS, comparezco ante usted para presentarle la siguiente denuncia que, a la vez, solicito se la haga extensiva a los organismos de Derechos Humanos en el ámbito nacional e internacional.

 

DENUNCIA

 

ANTECEDENTES.-

1. El 2 de junio de 2010, diversas organizaciones sociales y políticas del país pusieron en su conocimiento un proceso de persecución política que se adelantaba en la Universidad Central del Ecuador, por parte de las principales autoridades, encabezadas por su Rector Doctor Edgar Samaniego Rojas, en contra de innumerables dirigentes estudiantiles y docentes que defendimos derechos irrenunciables de la Universidad Ecuatoriana, como la gratuidad de la Educación Superior, la Autonomía, el Cogobierno, la designación democrática de autoridades universitarias, tomando como pretexto los acontecimientos ocurridos el 8 de diciembre de 2008.

2. Este proceso de persecución contó con el aval e impulso del Presidente de la República, que en más de una ocasión solicitó públicamente que se tomen acciones contra Marcelo Rivera, en represalia por la labor que, en mi condición de líder estudiantil desplegaba a nivel nacional junto con los estudiantes, docentes, trabajadores y autoridades  universitarias democráticas, reclamando una Ley de Educación Superior que, en concordancia con la Constitución de la República del Ecuador, garantice una educación fiscal, laica, gratuita y de calidad.

3. El 8 de diciembre de 2008, en el marco de una comisión general solicitada por las máximas autoridades de los colegios anexos a la Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación que querían legítimamente seguir perteneciendo a ella, elementos al servicio de las autoridades universitarias, públicamente evidenciados en videos y grabaciones, generan incidentes en el que resulta golpeado el Rector de la Universidad Central, sin que yo tenga responsabilidad ni participación alguna en dicho acto, como lo reconociera el propio Doctor Edgar Samaniego, en el desarrollo del proceso judicial.

4. Este hecho sirvió de pretexto para que se inicie un proceso de persecución política y criminalización de la protesta social, hoy en auge, que desembocó en expulsiones de dirigentes estudiantiles, destituciones de docentes, todas ilegales; y, en mi caso, en el enjuiciamiento penal, acusándome primero de haber cometido el delito de terrorismo organizado y luego sentenciándome con jueces presionados desde el Poder, a tres años de prisión correccional y pago de $ 298.000,00 Dólares de los Estados Unidos de América, aplicándome el tipo penal de agresión terrorista contemplado en el inconstitucional Art. 164 del Código Penal, heredado de las dictaduras militares derechistas de los años 60 del siglo pasado y no eliminado aún, en abierta violación a la actual Constitución y a Convenios Internacionales de Derechos Humanos suscritos por el Ecuador, como el Estatuto de Roma.

FUNDAMENTOS DE HECHO.-

1. Esta injusta, inconstitucional e ilegal sentencia la he cumplido primero en la Cárcel 2 de la Ciudad de Quito, lugar de mi domicilio civil y luego en la cárcel de máxima seguridad en la Ciudad de Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, a 8 horas de Quito y 30 minutos de la frontera con Colombia, en la Amazonía ecuatoriana, a donde fui trasladado el 11 de marzo de 2011, extrañándome de mi familia, abogados, compañeros, amigos y demás personas, con las cuales tenía una relación considerada normal dentro de las condiciones de mi detención.

2. Este traslado sorpresivo ordenado por el gobierno, pese a mi buen comportamiento certificado por las autoridades carcelarias, constituyó un nuevo y brutal acto de odio y venganza política, una violación a mis derechos humanos, una sanción injustificada impuesta sin escucharme previamente y que jamás me fue notificada, violando abiertamente el principio 30.1, 30.2 y otros de la Resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se refiere a los PRINCIPIOS PARA LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS PERSONAS SOMETIDAS A CUALQUIER FORMA DE DETENCIÓN O PRISIÓN, de la cual nuestro país es suscriptor.

Es obvio que con esta resolución se ha violentado también el Principio de Trato Humano y de respeto a la Dignidad Humana y los principios, reglas, medios y métodos de interpretación de normas de derechos Humanos relativos a condiciones carcelarias y a los derechos de las personas privadas de libertad, preceptuados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

3. De conformidad con lo prescrito en: Art. 203.3 de la Constitución de la República que sobre la Rehabilitación Social dice: “Las juezas y jueces de garantías penitenciarias asegurarán los derechos de las personas internas en el cumplimiento de la pena y decidirán sobre sus modificaciones”; lo resuelto por la Asamblea Constituyente que aprobó con fecha 22 de julio del 2008, la “Ley Reformatoria al Código de Ejecución de Penas y Código Penal” para la Transformación del Sistema de Rehabilitación Social en el que se establece un mecanismo de rebajas de pena por méritos; lo determinado en el Art. 35 del Reglamento a dicho Código expedido por el Consejo Nacional de Rehabilitación Social, publicado en el RO. No. 434 del 26 de septiembre de 2008; y, la Resolución dictada el 04 de julio de 2010 por el mismo Consejo; SOLICITÉ constitucional, legal y reglamentariamente, se me conceda el derecho a la libertad aplicando el criterio de “Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos”.

4. El Doctor Abdón Villagrán Lara, Director del Centro de Rehabilitación de Sucumbíos (E), mediante Oficio No 316-D-CRS Sucumbíos-2011 de fecha 26 de agosto de 2011, presenta al PRESIDENTE DEL TERCER TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA el caso correspondiente a la Persona Privada de la Libertad PPL RIVERA TORO FAUSTO MARCELO, de nacionalidad ecuatoriana con C.I. 171507355-5, y “remite la carpeta con la documentación para la obtención de las rebajas de pena por el sistema de méritos… con la respectiva motivación basada en las normas y principios jurídicos” y “con el explicativo de la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho… una vez que Marcelo Rivera ha permanecido privado de su libertad un año 8 meses y 15 días, (seiscientos quince días)..”

5. En el mismo oficio el Doctor Abdón Villagrán anota que Marcelo Rivera “Con las respectivas evaluaciones y estudios de los diferentes Departamentos de esta institución se encuentra apto

para acogerse al beneficio de la rebaja de penas de hasta el 50% correspondiéndole de acuerdo a la evaluación de los procesos el 47% mediante el sistema de méritos” y concluye “Con estos antecedentes, conforme las normas legales invocadas y con fundamento en el Art. 201 de la Constitución… de la República, se sugiere… se conceda las rebajas de pena emitidas por la Comisión Técnica Única para la concesión de rebajas en base a méritos, se digne remitirnos la respectiva boleta de libertad de la PPL RIVERA TORO FAUSTO MARCELO del Centro de Rehabilitación de Sucumbíos”. (El subrayado es mío).

6. El miércoles 14 de septiembre de 2011 la COMISIÓN TÉCNICA PARA REDUCCIÓN DE PENAS POR SISTEMA DE MÉRITOS presenta un informe, sobre mi caso, según sus miembros “debidamente motivado” en el que respondiendo al oficio del Doctor Abdón Villarreal Lara, Director del Centro de Rehabilitación de Sucumbíos, concluyen: “SEGUNDO.- Luego de una revisión minuciosa del expediente se advierte que uno de los requisitos que se observan para que se pueda acoger al beneficio de Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos, es que el delito no se encuentre inmerso en lo que prescribe el Art. 32 del Código de Ejecución de Penas, (plagio, asesinato, delitos sexuales, de trata de personas o por crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra, de agresión) y que de la lectura exhaustiva de la sentencia… se desprende que la infracción por la cual se sentenció a: RIVERA TORO FAUSTO MARCELO en audiencia pública oral de juzgamiento es por el delito de “agresión terrorista” en el grado de “autor del delito, es decir, la conducta analizada se ha adecuado al tipo penal descrito en el Art. 164, en concordancia con el Art 42 del Código Penal, por lo que incursiona en la prohibición del Art. 32 establecido en el Código de ejecución de Penas, vigente.” Por lo que… la Comisión Técnica de Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos… RESUELVE NO ACEPTAR dicha petición…”

7. El 19 de septiembre de 2011, mediante Oficio No. 396-D-CRS Sucumbíos-2011 el Doctor Abdón Villarreal Lara reducido ahora a la condición de COORDINADOR DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN DE SUCUMBÍOS, comunica al PRESIDENTE DEL TERCER TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA que la COMISIÓN TÉCNICA ÚNICA DE REBAJAS DE PENA POR EL SISTEMA DE MÉRITOS, mediante memorando MJDH-CTRPM-0913-11 refiriéndose al caso de la PPL RIVERA TORO FAUSTO MARCELO, ha resuelto: “NO ACEPTAR DICHA PETICIÓN, por encontrarse la conducta analizada y adecuada al tipo penal descrito en el Art. 164 en concordancia con el Art. 42 del Código de ejecución de Penas vigente y al encontrase incurso en la prohibición del Art. 32 del Código de ejecución de Penas, no pudiendo acogerse al beneficio de Rebajas de Pena y recomienda tomar muy en cuenta a posteriori este particular”. (El subrayado es mío).

8. El 20 de septiembre de 2011 el TRIBUNAL TERCERO DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA corre traslado a las partes procesales y notifica “con el contenido del informe de la Comisión Técnica y con el oficio del señor Coordinador del Centro de Rehabilitación de Sucumbíos”

9. El 21 de septiembre de 2011 mi defensa presenta un escrito rebatiendo en derecho los argumentos formulados por la Comisión técnica e insistiendo en que se me otorgue las rebajas de pena por el sistema de méritos y consecuentemente mi libertad.

10. El 28 de septiembre de 2011 el TRIBUNAL TERCERO DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA en su auto resolutorio se pronuncia en los siguientes términos: “…al resultarle imposible a este Tribunal conceder rebaja alguna de la pena impuesta al Sr. Fausto Marcelo Rivera Toro, se le niega el pedido de libertad y de concesión de rebajas, hasta que la Comisión Técnica para Reducción de Penas por sistema de Méritos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos rectifique su resolución del 14 de septiembre de 2011 en que ha decidido no aceptar la sugerencia del Director del Centro de Rehabilitación Social de Sucumbíos por cuanto el delito por el que ha sido sentenciado el señor Rivera, es de los inmersos en las prohibiciones del Art. 32 del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social,..” (Las negrillas y el subrayado son míos).

11. En el mismo auto resolutorio el TRIBUNAL TERCERO DE GARANTÍAS PENALES se refiere a la Comisión Técnica, que emitió el informe, haciéndole la siguiente advertencia: “..no sin antes hacerle notar a la Comisión, que si bien son un ente creado por un reglamento y dependen administrativamente del Consejo de Rehabilitación Social, no es menos cierto que como servidores públicos están en la obligación de cumplir con los mandatos judiciales, y mucho más cuando de ellos dependen la garantía de derechos y son emanados por un juez, recordándoles que son responsables administrativa y penalmente de sus actos, no solo ante el Consejo de Rehabilitación Social, sino ante la sociedad. (Las negrillas y el subrayado son míos).

FUNDAMENTOS DE DERECHO.-

1. El  TRIBUNAL TERCERO DE GARANTÍAS PENALES me niega el pedido de libertad y de concesión de rebajas, hasta que la Comisión Técnica para Reducción de Penas por sistema de Méritos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos rectifique su resolución de 14 de septiembre de 2011 en que ha decidido no aceptar la sugerencia del Director del Centro de Rehabilitación Social de Sucumbíos por cuanto, la Comisión sostiene que el delito por el que he sido sentenciado está, supuestamente, inmerso en las prohibiciones del Art. 32 del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social,..”

2. La Comisión Técnica para Reducción de Penas por sistema de Méritos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, contrariando el informe favorable del Doctor Abdón Villarreal Lara, DIRECTOR DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN DE SUCUMBÍOS (E), “motiva” su informe negativo para concederme la Rebaja de Pena y consecuentemente la libertad a que tengo derecho en los siguientes términos: “SEGUNDO.- Luego de una revisión minuciosa del expediente se advierte que uno de los requisitos que se observan para que se pueda acoger al beneficio de Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos, es que el delito no se encuentre inmerso en lo que prescribe el Art. 32 del Código de Ejecución de Penas, (Plagio, asesinato, delitos sexuales, de trata de personas o por crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra, de agresión) y que de la lectura exhaustiva de la sentencia emitida por el Tercer Tribunal de Garantías Penales de Pichincha.., se desprende que la agresión por la cual se sentenció a RIVERA TORO FAUSTO MARCELO en audiencia pública oral de juzgamiento por el delito de agresión terrorista,..es decir, la conducta analizada se ha adecuado al tipo penal DESCRITO EN Art. 164, en concordancia con el Art 42 del Código Penal, por lo que incursiona en la prohibición del Art. 32 establecido en el Código de ejecución de Penas, vigente. (Éstas últimas negrillas y el subrayado son míos).

3. Sorprende y es insólita la “motivación” formulada por los miembros de la Comisión Técnica que demuestran en el numeral 2 de su informe, que ni de lejos han hecho una revisión minuciosa del expediente enviado por el Doctor Abdón Villarreal, como sostienen y, peor aún, no han leído con detenimiento y precisión lo prescrito en el Art. 32 del Código de Ejecución de Penas, o lo que sería peor, que habría una deliberada mutilación de su texto, con el clarísimo propósito de perjudicar mi derecho a la Libertad, lo cual justifica plenamente la advertencia realizada por los miembros del TRIBUNAL TERCERO DE GARANTÍAS PENALES.

4. El texto pertinente y completo del Art. 32 del Código de Ejecución de Penas dice:

“Artículo 32.- Criterios para la concesión de rebajas.- La reducción de penas operará sobre un sistema de méritos que permita evaluar la buena conducta y la colaboración activa del interno en su rehabilitación, que se demostrará por la participación en procesos culturales, educativos, laborales, de tratamientos de adicciones u otros. La reducción de penas podrá concederse hasta por un máximo del 50% de la pena impuesta al detenido y no procederá cuando los internos hayan sido sentenciados por plagio, asesinato, delitos sexuales, trata de personas, o por crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra, de agresión, determinados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. (Las negrillas y el subrayado son nuestros).

5. El informe de la Comisión Técnica omite, no lo sé si deliberadamente, a continuación de la expresión de agresión, que lo remarca con negrillas, la frase: “determinados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional” que consta nítida y expresamente en el texto del Art. 32, del Código de Ejecución de Penas y luego confunde en un solo tipo penal esta frase mutilada, con la agresión terrorista tipificada en el Art. 164 del Código Penal.

6. El legislador al señalar, categóricamente en el Art. 32 del Código de Ejecución de penas que no procederá las Rebajas de Pena por el Sistema de Méritos, cuando los internos hayan sido sentenciados por los crímenes que enumera en su primera parte y luego afirmar “..o por crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra, de agresión, determinados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. está disponiendo que para su correcta aplicación nos remitamos al Estatuto de la Corte Penal Internacional y no al 164 del Código Penal y peor a una malhadada y forzada mezcla de éste con un mutilado extracto del Estatuto de la Corte Penal Internacional CPI. (Las negrillas y el subrayado son míos).

7. El Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional como desarrollo del Derecho Internacional y su Doctrina Penal surgen, como expresa el PREÁMBULO de dicho Estatuto, porque “los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo”; porque  “es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales… poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y contribuir así a la prevención de nuevos crímenes... Reafirmando los Propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, que “los Estados se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas.

8. Al tipificar los delitos de competencia de la Corte Penal Internacional, el Estatuto de Roma en el Art. 5.1 señala:

“La competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto de los siguientes crímenes:

a) El crimen de genocidio;

b) Los crímenes de lesa humanidad;

c) Los crímenes de guerra;

d) El crimen de agresión.”

Y añade en el 5.2:

La Corte ejercerá competencia respecto del crimen de agresión una vez que se apruebe una disposición de conformidad con los artículos 121 y 123 en que se defina el crimen y se enuncien las condiciones en las cuales lo hará. Esa disposición será compatible con las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas.”

9. Queda claro que a lo que se refiere el Art. 32 del Código de Ejecución de Penas, cuando señala que uno de los requisitos para que no proceda la Rebaja por Sistema de Méritos, es que no se encuentre inmerso en el delito de agresión contemplado en el Art. 5.1 y 5.2 del Estatuto de Roma. Tomando en cuenta primero que este Estatuto requiere que se incorpore la definición de Crimen y las condiciones; más aún, cuando estos crímenes son internacionales y los cometen, esencialmente, como sujeto activo, los Estados, a través de sus aparatos de seguridad y funcionarios.

El Art. 32 se refiere entonces a los delitos internacionales sobre los cuales tiene jurisdicción la Corte Penal con carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales.

En el supuesto no consentido, de que MARCELO RIVERA TORO, hubiese cometido el delito de agresión terrorista por el cual se me sentenció de conformidad con el tipo penal establecido en el Art. 164 del Código Penal, éste nada tiene que ver con el de agresión, contemplado pero no tipificado aún, en el Estatuto de Roma. ¿Qué crimen internacional he cometido y como parte del aparato estatal ecuatoriano?

Respecto del terrorismo debo anotar que este ni siquiera se encuentra mencionado, peor tipificado, en el Estatuto de Roma.

10. Por esta razón, la “omisión” en el informe de la Comisión Técnica, de la frase “determinados en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, tipificada en el Art. 32 del Código de Ejecución de Penas, a continuación de la expresión referida a los delitos de agresión, indiscutiblemente induce a engaño a los jueces, por acción u omisión, cuestión que debe ser tomada muy en cuenta por el Tribunal de Garantías Penales, los organismos internacionales y de Derechos Humanos porque en base a esta omisión se me ha negado la Rebaja de Penas por Sistema de Méritos, pese a haber CUMPLIDO CON TODOS LOS REQUISITOS y existir un INFORME FAVORABLE DEL DIRECTOR (E) DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN DE SUCUMBÍOS, afectando gravemente mi derecho humano y constitucional a la LIBERTAD.

PETICIÓN.

Doctor Pablo de la Vega M., COORDINADOR REGIONAL DE LA PLATAFORMA INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DEMOCRACIA Y DESARROLLO (PIDHDD), recurro a Usted con esta denuncia, con el convencimiento de que la misma será acogida y tramitada en el ámbito nacional e internacional de los organismos de Derechos Humanos, así como también, para que Usted, su Organización Humanitaria y otras, demanden del Estado Ecuatoriano y su aparato de justicia, respuesta a mi derecho de libertad que lo reclamo con dignidad, pero que me lo niegan con acciones injustificables jurídica, ética y moralmente.

                 Lic. Marcelo Rivera Toro                                            Ab. Ciro Guzmán Aldaz

          EX-PRESIDENTE FEUE NACIONAL                              MAT. FA. 17-2010-705

ULTIMA HORA: MARCELO RIVERA ES DEPORTADO A GUANTÁNAMO DE ECUADOR

Cárcel de Lago Agrio

Cárcel de Lago Agrio


Parece mentira pero esta confirmado, en el gobierno de la “revolución ciudadana” se ha instalado un Guantánamo en la Provincia de Sucumbíos, así le vamos a denominar a la Cárcel de Lago Agrio donde fue trasladado arbitrariamente Marcelo Rivera presidente Nacional de la FEUE, el viernes 11 de marzo. Señalamos que hasta el momento no se conoce de ningún documento por escrito que haya llegado a la Cárcel de Quito como a la de Lago Agrio, no hay ninguna firma de responsabilidad sobre el sorpresivo traslado. Es una expresión de la persecución política del régimen de Correa contra los dirigentes de las organizaciones populares de izquierda que cuestionan la política de derecha que está aplicando en Ecuador.
Un operativo tremendo fue organizado, más de 10 policías encapuchados ingresaron a la celda Nº 9 de la Cárcel 2 del Ex-Penal García Moreno en Quito donde se encontraba cumpliendo la injusta sentencia de tres años por terrorismo el Presidente Nacional de la FEUE. Como a un delincuente de alta peligrosidad fue transportado hacia el aeropuerto de Quito con un fuerte dispositivo de seguridad, así mismo fue retirado del aeropuerto de la ciudad de Nueva Loja en la provincia de Sucumbíos.
La construcción de este nuevo Centro de Rehabilitación Social está incompleta, las instalaciones de los servicios básicos no se ha terminado, el agua no es suficiente para abastecerá todas las Personas Privadas de su Libertas (PPL), la infraestructura eléctrica no está concluida, todos los internos están obligados a usar uniforme, además que hay fuertes medidas de restricción para las visitas.
Es una coincidencia que a este mismo lugar fuera trasladado el Presidente de los Guías Penitenciarios luego de presentar los reclamos que este sector hiciera frente a las políticas del Ministerio de Justicia.
Las organizaciones del Frente Popular de Pichincha, el Movimiento Popular Democrático junto con otras organizaciones, se reunirán el martes 15 de marzo a las 16h30 en el Teatro Alameda (Arenas y Juan Larrea) para decidir las acciones de movilización a realizar para exigir el retorno de Marcelo Rivera a la ciudad de Quito, además que tomarán una posición frente a la Consulta Popular convocada por el régimen de Correa.

Se ratifica la sentencia sobre Marcelo Rivera

Audiencia Marcelo Rivera

Audiencia Marcelo Rivera

El lunes 24 de enero se realizó la Audiencia en la Primera Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, para conocer la apelación a la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Garantías Penales que sentenció al Presidente Nacional de la FEUE a tres años de prisión correccional y una multa de casi tres cientos mil dólares. Mientras se desarrollaba la audiencia, fuera de la Corte se concentraron amigos, simpatizantes, militantes de Frente Revolucionario de Izquierda Universitario (FRIU), las organizaciones del Frente Popular de Pichincha, y el Movimiento Popular Democrático MPD que exigían la libertad de Rivera y condenaban la persecución e intromisión del gobierno en la justicia. Después de escuchar las intervenciones de las partes, los jueces de la Primera Sala se reunieron para tomar una decisión. Resolvieron ratificar la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Garantías Penales.

El doctor Ramiro Román abogado defensor de Rivera sostuvo durante la audiencia que no existen las pruebas necesarias para poner una condena basada en el artículo 164 del Código Penal que se refiere a agresión terrorista.

Franklin Hermosa Primer Secretario del FRIU, señaló que continuarán denunciando la intervención del gobierno del presidente Correa en el caso de Marcelo Rivera, es una expresión de la persecución contra los dirigentes sociales que no estamos sometidos a la política de derecha del gobierno.

Dr. Ramiro Román defensor de Marcelo Rivera

Dr. Ramiro Román defensor de Marcelo Rivera

LUNES 24 DE ENERO AUDIENCIA DE MARCELO RIVERA EN LA CORTE PROVINCIAL

Luego de que se conoció la sentencia impuesta a Marcelo Rivera por el Tribunal Tercero de Garantías Penales de Pichincha, la defensa de Rivera presentó la apelación a la injusta sanción dictada contra el Presidente Nacional de la FEUE. Después de casi 3 meses se ha fijado la Audiencia para el Lunes 24 de enero de 2011 a las 9h30 en la Corte Provincial.

Las organizaciones del Frente Popular y el Frente Revolucionario de Izquierda Universitario FRIU, invitan a participar en el mitín de solidaridad con Marcelo Rivera, que se realizará frente a la Corte Provincial para exigir que la ésta Corte recoja el pedido de la defensa de revisar la sentencia por considerarla injusta; y para rechazar la actitud represiva del Rector de la Universidad Central que por medio del Dr. Víctor Granda Procurador piden que se cambie el delito de agresión terrorista por terrorismo organizado, desconociento la Constitución en su artículo 77 num 14 que señala: «Al resolver la impugnación de una sanción, no se podrá empeorar la situación d ela persona que recurre»  

“Justicia” al servicio del gobierno condena a Marcelo Rivera‏

Al finalizar la audiencia de juzgamiento llevada adelante en el Tercer Tribunal de Garantías Penales en contra del compañero Marcelo Rivera, la jueza Gladys Terán dictó la culpabilidad en el cargo de agresión terrorista planteado por el rector de la Universidad Central, Edgar Samaniego. Este fallo es una clara evidencia del sometimiento de la justicia a la voluntad política del gobierno, confirmando que este fue un caso de índole política y no judicial. La jueza aún no ha establecido la sentencia.

En el transcurso de la audiencia, iniciada el día viernes 22 de octubre, las declaraciones del rector de la Universidad Central, Edgar Samaniego, así como la de su séquito, demostraron fehacientemente que Marcelo no tuvo ninguna responsabilidad ni participación en los cargos imputados. Samaniego reconoció que Marcelo nunca lo agredió, que nunca lo vio instigar a alguien para que lo agreda y, más aún, ni siquiera lo vio presente en la sala de Consejo Universitario el día 8 de diciembre de 2009. En el mismo sentido se pronunciaron otros testigos de la parte acusadora, e inclusive algunos de ellos reconocieron que cuando los estudiantes ingresaron a ese local Marcelo les pidió abandonar el mismo, garantizándoles su seguridad.

Estas declaraciones no hacen más que corroborar las imágenes que tanto el gobierno como los medios burgueses de prensa presentaron respecto de los acontecimientos producidos en la Universidad Central el día 8 de diciembre de 2009. En ellas se observa que Samaniego fue golpeado por una persona no identificada, cerca del parqueadero de la universidad, es decir lejos de la sala de sesiones de Consejo Universitario en la que los estudiantes protestaban contra el intento de aprobar un estatuto ilegal y antidemocrático.

Las pruebas contundentes presentadas por la defensa e inclusive la propia declaración de Samaniego y otras autoridades de la UCE de nada valieron y la jueza Terán condenó a Marcelo, cumpliendo así las órdenes recibidas desde altas esferas gubernamentales. Ese ha sido el comportamiento de todos los jueces en el transcurso de este juicio.

Durante todo este proceso Marcelo Rivera ha dado demostraciones de su valentía y firmeza, los 10 meses que ha permanecido en prisión no han mellado su convicción revolucionaria y desde ella ha continuado llamando a la juventud estudiantil a persistir en la lucha por la democratización de la universidad y por los intereses populares. Desde el 17 de octubre pasado inició una huelga de hambre que fue emulada en varias provincias por estudiantes, profesores y trabajadores. Sin duda Marcelo es un ejemplo de honor y compromiso revolucionarios en el que se deben educar los jóvenes y todos quienes asumimos la responsabilidad de luchar por la revolución en nuestro país.

Persecución se extiende a la familia

Como parte de la persecución política en contra de Marcelo, el día 25 de octubre el rector Edgar Samaniego despidió del trabajo a la madre de Marcelo, Norma Toro, que cumplía las funciones de conserje en la Facultad de Filosofía. Una nueva demostración del odio político con el que actúan Samaniego y el grupo de “socialistas” enquistados en la administración de la universidad.

MARCELO RIVERA SÍMBOLO DE LA RESISTENCIA JUVENIL

VÍCTIMA DEL AUTORITARISMO DE CORREA Y ALIANZA PAÍS

“Yo sé por qué estoy preso, ellos no saben de qué acusarme”. Con esta frase Marcelo Rivera, presidente nacional de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador (FEUE), resume la injusta y arbitraria detención a la que está sometido desde hace 10 meses en las cárceles de la involución ciudadana. Diez meses en que la “justicia” ha enredado el proceso judicial, por la intervención directa de los empleados del régimen correista. Diez meses en los cuales la juventud, los trabajadores, las organizaciones sociales y de derechos humanos vienen exigiendo que cese la persecución a los dirigentes populares y demandando la libertad inmediata del líder de la juventud estudiosa de nuestro país, que se ha convertido en un preso político del gobierno de Correa.

La presente publicación aspira clarificar en la opinión pública el hecho de que no se trata de un detenido común, porque al hablar de Marcelo Rivera nos referimos a un dirigente político de izquierda, un luchador popular, cuya voz ha estado presente en diversos acontecimientos de carácter nacional en los últimos años, junto a los sectores populares, defendiendo la soberanía, el derecho a una educación gratuita y de calidad para la juventud, enfrentando la corrupción de los distintos gobiernos, impulsando la solidaridad con los sectores sociales afectados por la política antipopular de la derecha, defendiendo la vigencia de principios democráticos en la nueva Constitución, promoviendo el SÍ en el referéndum aprobatorio de esa carta política e impulsando la lucha, junto a sus compañeros de la universidad ecuatoriana y otros sectores, porque se respete la vigencia de una educación superior de calidad para pueblo.

Al referirnos al caso de Marcelo Rivera nos referimos, entonces, al caso de un preso de conciencia, a un detenido político.

Para el presidente Rafael Correa, la educación superior debe ser simplemente una oportunidad para las élites, debe ser una especie de fábrica para construir cerebros formateados según el interés de su gobierno. Para él, lo que los pueblos del Ecuador y de América Latina han conquistado como derechos respecto a la educación superior, no son más que papel viejo, que debe echarse al tacho de la basura, porque  el acceso del pueblo al conocimiento universal, con espíritu crítico, transformador, es un riesgo.

Precisamente en medio del debate sobre la ley de Educación Superior y de la unidad que se iba forjando contra la propuesta gubernamental, que quería una universidad maniatada, sometida, es que se ordena, desde la Presidencia de la República, la detención de Marcelo Rivera, y se arma toda una tramoya muy bien montada por un aparataje mediático que siempre buscó construir una imagen negativa y falsa de los dirigentes sociales, y en particular de líderes como Marcelo Rivera, para generar resistencia y rechazo ante el movimiento estudiantil universitario, secundario y ante la población en general.

Sustentado en ese papel cumplido por los medios, el gobierno vio muy fácil la iniciación de un proceso de persecución contra los jóvenes rebeldes y conscientes. Proceso que aún continúa, y que hace parte de una política agresiva y generalizada de persecución a los luchadores populares, y de criminalización de la lucha social, con la utilización de las leyes que poco a poco va imponiendo en la Asamblea Nacional.

 

Marcelo Rivera en huelga de hambre

Marcelo Rivera en huelga de hambre Cárcel 2

Presidente de la FEUE en huelga de hambre por exigir su libertad

El presidente nacional de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador (FEUE), Marcelo Rivera, que se encuentra detenido por más de diez meses en la cárcel 2 del ex penal García Moreno, se declaró hoy en huelga de hambre indefinida, como medida de presión contra el gobierno y la justicia, en exigencia de su libertad.

El dirigente estudiantil resolvió tomar esta medida extrema, en busca de que el Tercer Tribunal de Garantías Penales, encabezado por la Dra. Gladys Terán Sierra, se pronuncie favorablemente en su caso, durante la audiencia de juzgamiento a realizarse el 22 de octubre.

Rivera estuvo junto a sus compañeros universitarios y de su partido, el Movimiento Popular Democrático, a la hora de instalarse en la medida de hecho, y sostuvo que su decisión trata de constituirse en un ejemplo hacia los sectores organizados del país, para que continúen, y con más fuerza, su lucha contra la prepotencia y las políticas neoliberales que aplica el régimen.

“Soy un preso político del gobierno de Rafael Correa. Y mi caso es la demostración del autoritarismo gubernamental que soporta el Ecuador, y de manera particular las organizaciones populares y sus dirigentes. Mi lucha no es aislada, hace parte de la lucha de los trabajadores, los indígenas, los estudiantes, pequeños comerciantes, maestros y demás sectores que defienden los principios democráticos de la Constitución, y resisten a las desviaciones derechistas del régimen”, dijo Rivera.

¿QUIÉN ES MARCELO Y POR QUÉ ESTÁ DETENIDO POR ESTE GOBIERNO?

Marcelo es un joven dirigente estudiantil, que desde muy temprana edad, sensibilizado por la injusticia, la pobreza y privaciones de los hombres y mujeres del pueblo, y las angustias de sus padres para sacar adelante a su familia, se integra de manera firme a desarrollar una intensa labor social que la detallamos a continuación:

EL MOVIMIENTO SECUNDARIO Y LA DEFENSA DE LA EDUCACION Y LOS DERECHOS ESTUDIANTILES

Es en las aulas del colegio 5 de Junio, junto a sus compañeros y maestros, entiende la necesidad de la lucha, se va encauzando hacia la izquierda revolucionaria y se integra a la Federación de Estudiantes Secundarios (FESE) y a la Juventud Revolucionaria del Ecuador (JRE), llegando a ser electo presidente de la asociación estudiantil del colegio Cinco de Junio y luego presidente nacional de la FESE. Dirigió en estas condiciones, importantes jornadas en defensa de la educación laica en el gobierno de Sixto Durán Ballén, impulsó los derechos de los estudiantes secundarios, encabezó la movilización por la tarifa y el carné estudiantil, ganándose el aprecio de sus compañeros así como el odio de los gobernantes de turno, que miraban en Marcelo un dirigente capaz, honesto, incorruptible, firme y decidido, eso conduce a que sus compañeros de ‘la Jota’ en reconocimiento a sus méritos lo elijan presidente nacional de la Juventud Revolucionaria del Ecuador, por dos periodos consecutivos.

EN SU VIDA ACADÉMICA UNIVERSITARIA

Marcelo ingresó a la Universidad Central en el año 2005, inicio y terminó sus estudios en la Escuela de Ciencias Sociales de la Facultad de Filosofía Letras y Ciencias de la Educación, sin perder ningún año lectivo, destacándose por su rendimiento académico y participación activa dentro de su Facultad, su indiscutible liderazgo le permitió en poco tiempo llegar a ser Presidente de la Escuela de Ciencias Sociales; Presidente de la Coordinadora de Asociaciones Escuela de la Facultad de Filosofía CAEFF, que representa a las diez (10) Escuelas que conforman la Facultad (Ciencias Sociales, Psicología Educativa, Idiomas, Ciencias Exactas, Biología, Educación Física, Educación Técnica, Literatura, Comercio y Parvularia); y posteriormente representante al H. Consejo Universitario, es necesario señalar que para ostentar esta dignidad se debe contar con un promedio superior a 8.01, que Marcelo lo superaba ampliamente. De esta forma confrontamos aquellas calumnias que pretenden desprestigiar a los dirigentes estudiantiles con el viejo pero acabado argumento de que son vagos o están paseando de facultad en facultad. Marcelo ha sido un referente en todos los aspectos de su vida universitaria.

EN LA LUCHA Y EL DERROCAMIENTO DE LOS GOBIERNOS CORRUPTOS

En la Presidencia de la JRE, Marcelo tuvo un papel destacado en la lucha contra la corrupción, y por la defensa de los derechos de los sectores populares, participó junto a otros sectores sociales en el desenmascaramiento a los gobiernos de Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad y Lucio Gutiérrez, que traicionaron a los pueblos del Ecuador y se entregaron por completo a la derecha, su contingente y acción en la lucha aportaron a que los sectores populares los combatan  y derroquen

Marcelo y las organizaciones sociales y populares son parte en la configuración de un proyecto de cambio, de una corriente democrática, patriótica, progresista, antiimperialista y de izquierda, que llevó a la presidencia al actual gobierno, quien luego de haber recogido el discurso y las banderas de las organizaciones populares, poco a poco ha ido desfigurando el proyecto original, lo ha conducido de vuelta a la larga y oscura noche neoliberal con la que Correa ofreció terminar.

EN OPOSICION A LA AGRESIÓN YANQUI, EN DEFENSA DE LA SOBERANIA

La juventud secundaria en esta última década, y los jóvenes universitarios de manera especial, han destacado en su accionar en defensa de la soberanía, en las jornadas contra el lesivo tratado conocido como el ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas), auspiciado por los EEUU para someter aún más a los pueblos latinoamericanos a la dependencia; en la oposición y rechazo a la política guerrerista de los yanquis, que con el contubernio del gobierno colombiano quisieron imponer en la región el Plan Colombia. Fue la acción de los hombres y mujeres de pensamiento libre, soberano y democrático, junto a sus organizaciones, la que impidió la materialización plena de este plan de muerte en la región. En todas estas acciones destaca la presencia de Marcelo y las organizaciones de las que formó parte y dirigió, forjando, en medio de la lucha, un rico proceso unitario sobre todo de las organizaciones juveniles que hoy son los principales arietes en la defensa de Marcelo y en la exigencia de su libertad.

POR UNA LEY DE EDUCACION SUPERIOR QUE GARANTICE CALIDAD, GRATUIDAD Y ACCESO DE TODOS Y TODAS A UNA FORMACION INTEGRAL

El único delito por el que se ha perseguido y encarcelado a Marcelo Rivera es el de pensar diferente y, en consecuencia con ello, actuar en defensa de la Universidad, de su autonomía, del libre ingreso, del mejoramiento del nivel académico, del fortalecimiento de la universidad pública y del derecho a la gratuidad, conquista alcanzada en décadas de movilización y que se logró materializar en la actual carta política, pero que pretende ser burlada por los tecnócratas de la involución ciudadana.

Tuvo una activa participación como militante de Frente Revolucionario de Izquierda Universitario FRIU, llegando a ser su Primer Secretario, y a representar al FRIU en las elecciones de la FEUE en la Universidad Central, alcanzando la victoria.   Como presidente de la FEUE-Quito, y luego como presidente nacional, Marcelo mantuvo consecuencia en sus principios y lucha, condujo al movimiento estudiantil de la Universidad pública por senderos de dignidad y soberanía. Encabezó las acciones que enfrentaron la arrogancia del “llorón de Lovaina”, como calificara el vicepresidente nacional de la FEUE, Galo Mindiola, al presidente Correa.

Marcelo tuvo en el proceso de la Asamblea Constituyente un papel protagónico en defensa de los derechos democráticos de los pueblos y los trabajadores, así como en el debate sobre la Nueva Ley de Educación Superior, por la solidez de sus argumentos que desenmascaraban las intenciones obscuras del régimen de elitizar, privatizar y anular la educación superior como un  derecho de todos y todas.

El inquilino de turno de Carondelet no pudo enfrentar con argumentos las posiciones patrióticas y progresistas impulsadas por la FEUE en defensa de la Universidad. Alianza País, Correa y sus empleados en la UCE, como el rector Edgar Samaniego, junto a los “socioslistos” y oportunistas comensales de éste y otros gobiernos, montaron una tramoya para justificar la detención y posterior enjuiciamiento a Marcelo Rivera, y con el acuerdo de los grandes medios, desdibujar su imagen de dirigente social y popular, endosándole unos supuestos actos de violencia que nunca cometió, para finalmente acusarlo de agresión y terrorismo, mientras a los terroristas económicos y corruptos como Alberto Dahik se trata de concederles amnistía, señalando que han sido objeto de la injusta acción de la derecha, cuando a la conciencia nacional le consta que ellos se repartieron a manos llenas los recursos del erario nacional. ¿De eso se tratará la famosa “época de cambios” de la que habla el gobierno de Correa, que los corruptos y explotadores que fueron expulsados del poder hoy, gracias al llorón de Lovaina regresen casi santificados por la divinidad papal?

Volverán las oscuras golondrinas… Perdón al poeta: volverán los gallinazos con el permiso de Correa cual aves de rapiña, a ver que más quitarle al pueblo del Ecuador. Mientras un joven con ideales y principios revolucionarios, trabajador, honesto, luchador, heredero de la estirpe de Rumiñahui, Montalvo, Alfaro, Milton Reyes, Jaime Hurtado y del carácter rebelde de los pueblos de Quito y el Ecuador, continua detenido injustamente para saciar el ego personal del inquilino de Carondelet y pretender amedrentar al movimiento popular ecuatoriano.

El Caso de Marcelo Rivera no es el único en este pequeño pedazo de nuestra Latinoamérica, es casi ya una norma que el pensamiento diferente, democrático, revolucionario, no aprobado por el círculo gobernante casi inmediatamente sea adjetivado por el ciudadano Presidente, que en maratónica carrera los días sábados nos atiborra con miles de adjetivos a las organizaciones sociales y populares, que no hemos aprendido a hacer la venia ni a doblar la rodilla y nos levantamos contra las políticas represivas, autoritarias, antinacionales y antipopulares de Correa.

Son ciento cincuenta los dirigentes mineros, indígenas, obreros, de organizaciones barriales, maestros y estudiantes los perseguidos, pero en el caso de Marcelo son todas las fuerzas de la contrarrevolución las que se han coludido para pretender someter su acerada voluntad revolucionaria. No de otra manera se entiende que Correa por un lado, la Justicia corrupta por otro, los grandes medios de comunicación, instrumentos de la Partidocracia, por otro, y los voceros de la rancia oligarquía, más conocidos como pelucones en el nuevo lenguaje del siglo 21, todos en un solo coro, o lo que es lo mismo: derecha, socialdemocracia y oportunistas, estén juntos contra la libertad, contra la vida, contra la dignidad de los pueblos. Levantan su condena a la lucha popular, a la organización y a los dirigentes populares.

PROCESO JUDICIAL DE CRIMINALIZACIÓN DE LA LUCHA SOCIAL Y POPULAR

CASO MARCELO RIVERA

ANTECEDENTES

Luego de la aprobación de la Constitución en el 2008, era necesaria la elaboración de leyes que permitan materializar los derechos reconocidos por la Carta Magna del Ecuador, una de las más importantes era la de Educación Superior.  Marcelo Rivera en ese periodo fue Presidente de la FEUE-Quito y luego Presidente de la FEUE Nacional, razones suficientes para encabezar la elaboración y presentación de un Proyecto de ley democrático, participativo, progresista y que defienda los principios de la Universidad.

La Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) elaboró el proyecto que impulsaría tozudamente el gobierno, aunque recibió profundas críticas de quienes componen el Sistema de Educación Superior. Las principales críticas fueron planteadas por la FEUE, representada por su presidente, Marcelo Rivera, quien denunció la injerencia del gobierno en los espacios de dirección de la educación superior, la violación de la autonomía y la Gratuidad, lo que motivó que alrededor de estos puntos de vista se sumen representantes de la universidad pública y privada. Las discusiones para la elaboración y presentación de un proyecto de ley propio y coherente con los principios universitarios, también se vieron acompañados por acciones y movilizaciones de la comunidad universitaria ecuatoriana.

Estos elementos fueron el motivo para que el presidente Correa ubique a Marcelo como su enemigo personal y, en la cadena sabatina del 14 de noviembre del 2009, amenace con enjuiciarlo y meterlo preso. Curiosamente, 24 días después se produce la detención de Marcelo.

DETENCIÓN ILEGAL DE MARCELO

El 8 de diciembre de 2009, la fiscal de turno, Silvia Sánchez, conoció que 3 jóvenes fueron detenidos en las inmediaciones de la Universidad Central, supuestamente por retener a las autoridades del Consejo Universitario y agredir al Rector de la Universidad Central del Ecuador.

Luego del allanamiento de los predios de la Universidad Central, con un operativo impresionante de mas de 200 policías, se realizó la detención ilegal e injusta de Marcelo Rivera, esto ocurrió aproximadamente a las 11 de la mañana, los detenido fueron llevados a la Dirección de Tránsito ubicada en la Avenida Ramírez Dávalos, cerca del Mercado de Santa Clara, en la ciudad de Quito, cuando debían ser llevados de manera inmediata ante la autoridad competente.

LA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA

A las 17h00 fueron trasladados a la Policía Judicial (PJ). A partir de las 22h00 se inició la Audiencia de Flagrancia, que concluyó a las 03h00 del 9 de diciembre.  La Fiscal, en medio de la Audiencia de Flagrancia, señaló que Marcelo “agredió al Rector” y que esto provoca un “acto de conmoción nacional”, por lo que niega la sustitución de las medidas cautelares. Dicta la prisión preventiva y abre el proceso de instrucción fiscal con la acusación de terrorismo organizado, tipificado en el art. 160 del Código Penal ecuatoriano.

Es necesario tomar en cuenta que los abogados defensores de los tres detenidos presentaron todos los documentos, demostrando el arraigo social, familiar y laboral, que según las normas de procedimiento penal son suficientes para dictar cualquier medida cautelar, excepto la prisión preventiva.

Sin darle importancia a los documentos presentados, la fiscal de turno plantea sus opiniones y apreciaciones personales contra Marcelo y la actuación del Frente Revolucionario de Izquierda Universitario en la Central.

Conocemos extraoficialmente que algunos personajes de la alta política del gobierno estuvieron presentes en la PJ y hablaron con la Fiscal de Turno.

INSTRUCCIÓN FISCAL

Para iniciar la Instrucción Fiscal se entregaron todas las piezas procesales al Juzgado Décimo de Garantías Penales, con la Jueza Dra. Noemí Santillán Bravo y a la Unidad de Delitos Misceláneos de la Fiscalía Provincial de Pichincha, con el Dr. Hernán del Pozo Basante, quienes serían los encargados de llevar adelante este proceso penal.

Hasta el 8 de enero se terminó la instrucción fiscal, proceso en el que se presentaron las pruebas de descargo de Marcelo, varias personas asistieron como testigos a rendir sus versiones de los hechos acontecidos el 8 de diciembre, así como también fueron a reconocer la honorabilidad de Presidente de la FEUE. Más de una decena de personas certificaron, con firma y rubrica, la honestidad de Marcelo como una persona decente, que en toda su vida actuó apegado a la ley, reconociendo que no es una persona violenta y señalando que por el contrario es un líder estudiantil y juvenil que defiende los derechos de un sector importante de la sociedad como son los estudiantes secundarios y universitarios.

Durante el proceso se demostró que la FEUE es una organización legal, con personería jurídica, reconocida por el Conesup, descartando la acusación de que es una organización ilegal con fines desconocidos e ilegales.

Terminada la instrucción, el fiscal Hernán del Pozo, con fecha 15 de enero, solicita a la Jueza Décima que señale el día y la hora de la Audiencia para presentar el Dictamen Fiscal.

AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS

El 29 de enero se desarrolla la Audiencia de Formulación de Cargos, donde no participa el Fiscal Dr. Hernán del Pozo, que había conocido el caso con anterioridad, sino que actúa el Fiscal Dr. Patricio Navarrete, que en menos de cinco días tuvo que estudiar los 14 cuerpos que hasta ese momento existían sobre el caso de Marcelo.

Los abogados de la defensa señalaron que existían varios elementos que viciaban el proceso, por lo cual pedían su nulidad, sin embargo, la Jueza calificó el proceso y continuó con la Audiencia.

El fiscal Navarrete presentó un Dictamen acusatorio en contra de Marcelo Rivera, descartó el artículo 160 de terrorismo organizado por el que inicialmente se lo acusaba y lo cambió por el artículo 164 del Código Penal: Agresión terrorista a funcionario público, dejando a Marcelo en estado de indefensión, ya que durante la instrucción fiscal se presentaron las pruebas para descargar el delito por el que se le inició la investigación (terrorismo organizado).

Sobre los otros dos jóvenes detenidos Navarrete señala que “no encuentra las pruebas para sustanciar la acusación, por lo que se abstiene de acusarlos”.

Los abogados de la defensa realizaron intervenciones para demostrar la inocencia de los acusados con argumentaciones constitucionales, jurídicas sobre el caso, sin embargo, la Jueza Noemí Santillán acogió el pronunciamiento del fiscal Navarrete y dictó el auto de llamamiento a juicio a Marcelo, por considerarlo supuesto autor del delito de agresión terrorista,  mientras plantea que en los siguientes días se pronunciará oportunamente sobre el pedido de la sustitución de la prisión preventiva.

Sobre los otros jóvenes plantea que somete a consulta del Fiscal Superior, como reza en el Código de Procedimiento Penal, ya que no hubo acusación fiscal y dicta la emisión de las boletas de libertad para su inmediata excarcelación.

LUEGO DE LA AUDIENCIA

-Después de 45 días, el 15 de marzo, la jueza Noemí Santillán se pronuncia sobre la sustitución de la medida, negándola porque no encuentra elementos nuevos que desvinculen la participación de Marcelo en la supuesta agresión.

Con fecha 18 de marzo, el Dr. Ramiro Román presenta un escrito ante el Juzgado 10 de la Dra. Noemí Santillán pidiendo se amplíe el Auto, donde señala que no se ha justificado o desvanecido las evidencias, negando la sustitución de la prisión preventiva.

-La Dra. Santillán amplía el Auto y se ratifica en su pronunciamiento anterior, plantea que no existen los elementos necesarios para dictar la medida sustitutiva y se ratifica en el auto de llamamiento a juicio.

-El Dr. Román presenta un escrito apelando el pronunciamiento de la Jueza ante la Corte Provincial.

-el 26 de abril se realiza el sorteo de la causa de Marcelo y la Sala que debe avocar conocimiento del caso es la Primera  de lo Penal.

-Se notifica que el sorteo determinó que la Sala Primera de lo Penal, Colusoria y de Tránsito conozca el caso de Marcelo

-El 17 de mayo, se notifica que la Audiencia oral, pública, contradictoria en lo referente al recurso de apelación se realizará el 1 de junio del 2010, en la Corte Provincial.

-La Primera Sala de la Corte Provincial, luego de conocer el caso, encuentra algunos errores procesales cometidos por la Jueza Décima Noemí Santillán, por lo que devuelve todas las piezas procesales al juzgado para que se enmiende los errores.

-La primera Sala de la Corte Provincial solicita al Consejo Nacional de la Judicatura se abra un sumario administrativo a la  jueza Décima Santillán, razón por la que se excusa de conocer el caso.

-Se realiza un nuevo sorteo y el caso recae en el Juzgado Séptimo con el Dr. Marco Terán Armas. Se solicitó por parte de la defensa de Marcelo Rivera la sustitución de la medida cautelar que pesa sobre él que es la prisión preventiva, por otras medidas cautelares, sin embargo se negó el pedido.

-El Juez Séptimo de Pichincha, sobre Marcelo, decidió dictar el auto de llamamiento a juicio, por el delito de agresión terrorista a funcionario público, tipificado en al artículo 164 de Código Penal.

-El abogado defensor apeló al auto de llamamiento a juicio. Solicitó la nulidad del proceso por los errores judiciales que se han cometido y pidió también la sustitución de la prisión preventiva por otras medidas alternativas.

-En la Audiencia desarrollada el 9 de septiembre, después de tres horas de duración de la Audiencia y luego de escuchar a todas las partes la Primera Sala de la Corte Provincial de Pichincha resolvió negar los tres pedidos de la defensa, dando inicio al juicio de Marcelo.

-Se realizó el sorteo de Tribunales, dando como resultado que el Tercer Tribunal de Garantías Penales a la cabeza de la Dra. Gladys Terán Sierra, será el que conozca el caso y realice la audiencia de juzgamiento.

– Se fijó la fecha de la Audiencia de Juzgamiento para el viernes 22 de Octubre a las 8h00 en el Tercer Tribunal de Garantía Penales, ubicado en Quito en la Av. Ramírez Dávalos entre Versalles y 10 de Agosto. (RR)

Libertad Marcelo Rivera, preso político!!

Presidente de la FEUE en huelga de hambre por exigir su libertad

El presidente nacional de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador (FEUE), Marcelo Rivera, que se encuentra detenido por más de diez meses en la cárcel 2, del ex penal García Moreno, se declaró hoy en huelga de hambre indefinida, como medida de presión contra el gobierno y la justicia, en exigencia de su libertad.

Marcelo resolvió tomar esta medida extrema, en busca de que el Tercer Tribunal de Garantías Penales, encabezado por la Dra. Gladys Terán Sierra, Juez Julio Cesar Obando, Juez Carlos Mosquera Pazmiño  se pronuncien favorablemente en su caso, durante la audiencia de juzgamiento a realizarse el 22 de octubre.

Rivera estuvo junto a sus compañeros universitarios y de su partido, el Movimiento Popular Democrático, a la hora de instalarse en la medida de hecho, y sostuvo que su decisión trata de constituirse en un ejemplo hacia los sectores organizados del país, para que continúen, y con más fuerza, su lucha contra la prepotencia y las políticas neoliberales que aplica el régimen.

“Soy un preso político del gobierno de Rafael Correa. Y mi caso es la demostración del autoritarismo gubernamental que soporta el Ecuador, y de manera particular las organizaciones populares y sus dirigentes. Mi lucha no es aislada, hace parte de la lucha de los trabajadores, los indígenas, los estudiantes, pequeños comerciantes, maestros y demás sectores que defienden los principios democráticos de la Constitución, y resisten a las desviaciones derechistas del régimen”, dijo Rivera.

Hay que recordar que en la Audiencia desarrollada el 9 de septiembre, después de tres horas, la Primera Sala de la Corte Provincial de Pichincha resolvió negar los tres pedidos de la defensa de Marcelo Rivera, entre ellos la sustitución de las medidas cautelares, que serviría para que el acusado pueda defenderse en libertad. Se dio inicio así al juicio que, como ningún otro, ha tenido gran celeridad.

Rivera está acusado del delito de “agresión terrorista a funcionario público”, tipificado en al artículo 164 de Código Penal, en medio de un proceso lleno de contradicciones y que ha tenido en el rector de la Universidad Central, Edgar Samaniego, al principal acusador.

“Mientras Correa pide amnistía para los corruptos como Alberto Dahik, mete presos a quienes hemos combatido siempre a la corrupción”, concluyó Rivera.

JUECES DE LA PRIMERA SALA DE LA CORTE PROVINCIAL NIEGAN LIBERTAD A MARCELO RIVERA

Marcelo Rivera en Audiencia

Marcelo Rivera en Audiencia

Se desarrolló la Audiencia Oral y Pública solicitada por la defensa de Marcelo Rivera donde solicitó la nulidad del proceso por una serie de errores procesales que se han cometido por los jueces. La apelación del auto de llamamiento a juicio por no encontrarse pruebas que inculpen a Marcelo como el autor de la agresión al Rector Samaniego y la sutitución de la prisión preventiva por otras medidas alternativas.
Depués de tres horas de duración de la Audiencia y luego de escuchar a todas las partes la Primera Sala de la Corte Provincial de Pichincha resolvió negar los tres pedidos de la defensa.
Marcelo Rivera intervino en la audiencia y solicito a los jueces actuar con independencia de las presiones que desde el gobierno nacional se ejerce para que el Presidente de la FEUE continue detenido.
Mientras se desarrollaba la audiencia estudiantes universitarios, secundarios y otros sectores sociales realizaron un plantón de solidaridad con Marcelo Rivera y su familia, exigiendo su libertad inmediata.

Plantón exige libertad de Marcelo Rivera

Plantón exige libertad de Marcelo Rivera

 

ASISTE A LA AUDIENCIA DE MARCELO RIVERA

El jueves 9 de septiembre se desarrollará la Audiencia Oral y Pública de Marcelo Rivera en la Corte provincial de Pichincha, en la ciudad de Quito, ubicada en la Av. Pradera y Alpallana, a partir de las 09h30.

El abogado defensor de Dr. Ramiro Román, apeló al auto de llamamiento a juicio. Solicitó la nulidad del proceso por los errores judiciales que se han cometido y pidió también la sustitución de la prisión preventiva por otras medidas alternativas.

Esperamos que los jueces de la Sala actúen con imparcialidad, apegados a las leyes y normas constitucionales, después de analizar el caso y no encontrar pruebas para acusar a Marcelo Rivera de ser el agresor del Rector de la Universidad Central, el pasado 8 de diciembre.

Nos concentraremos en la Corte provincial para exigir que se haga justicia y solidarizarnos con nuestros compañero y su familia. Son 9 meses de injusta e ilegal detención de Marcelo Rivera, el país sabe que se debe a la persecución del presidente Correa a quienes defendemos los derechos de los sectores populares y denunciamos la derechización del gobierno.

Se violó el debido proceso en el caso Marcelo Rivera

Enviado por: En Marcha

Marcelo Rivera

Marcelo Rivera

El Juez Séptimo de Garantías Penales de Pichincha procedió a emitir el auto de llamamiento a juicio contra Marcelo Rivera, presidente nacional de la FEUE, sindicándole en el acto de agresión terrorista. El juez ha sido presionado por algunos funcionarios del gobierno que tienen el objetivo de sancionar a todo aquel que levanta su voz en contra del régimen.

El llamamiento a Juicio a Marcelo se realizó en medio de las actives de represión contra los luchadores populares. Entre las acciones se encuentra la orden emitida -al Consejo Nacional de la Judicatura- para destituir a los jueces miembros de la Corte Provincial de Esmeraldas por dictar la libertad a los detenidos en los incidentes de la Concordia y la acusación de terrorismo a los dirigentes de la CONAIE, la FEUE, UNE, etc.

Los abogados de Marcelo Rivera han pedido la sustitución de la prisión preventiva y se ha negado, más se ha violentado el derecho a la celeridad procesal y el debido proceso, la justicia se ha demorado en resolver este caso y ha pisoteando en innumerables ocasiones el Código Penal, entre ellas se encuentra el llamamiento a juicio a Marcelo, ya que esta medida no se le notifico en audiencia pública, prohibiéndole su derecho a la defensa y conocer sobre las acciones que desarrollan contra el presidente de la FEUE.

Ya son ocho meses en que el Gobierno tiene preso a Marcelo Rivera con el objetivo de callar la voz elocuente de un destacado luchador popular, hay que recordar que fue encarcelado en momentos en que el movimiento estudiantil y la comunidad universitaria se unía para luchar en contra del proyecto de Ley de Educación Superior.

Correa pretende golpear y eliminar la organización de la juventud estudiosa, desarrolla una fuerte represión y persecución penal y administrativa contra los dirigentes estudiantiles, como el caso de Marcelo Rivera que se ha convertido en detenido político del Ecuador.

Siguiendo los mismos objetivos se ha acusado en la provincia de Guayas a un sin número de estudiantes y líderes entre los que se encuentra Galo Mindiola Vicepresidente nacional de la FEUE.

Según Paúl Velásquez, Secretario Nacional de la FEUE, “Reclamamos por lo que nos parece justo, ya que hasta el momento no se han visualizado los cambios que propuso la ’revolución ciudadana’. Correa utiliza una política de represión hacia sus opositores y ahora califica de terroristas a sus contrarios, ha montado una persecución a varios sectores del país e intenta criminalizar la lucha social”.

Estas acciones demuestra que el gobierno de Correa esta levantando una dura represión en contra de la juventud universitaria y pretende lanzar todo el peso de la ley en contra de un movimiento que exige cambios a la sociedad ecuatoriana.