El pasado 8 de diciembre de 2009, la Fiscal de Turno Silvia Sánchez conoció que 3 jóvenes fueron detenidos en las inmediaciones de la Universidad Central, supuestamente por retener a las autoridades del Consejo Universitario y agredir al Rector de la Universidad Central del Ecuador.
Luego del allanamiento a la Universidad Central con un operativo impresionante de más de 200 policías, se produjo la detención ilegal e injusta de Marcelo Rivera, se realizó aproximadamente a las 11 de la mañana. Los detenido fueron llevados a la Dirección de Tránsito ubicada en la Ramírez Dávalos, cerca del Mercado de Santa Clara, cuando debían ser llevados de manera inmediata donde la autoridad competente.
LA AUDIENCIA DE FLAGRANCIA
A las 17 horas fueron trasladados a la Policía Judicial (PJ), a partir de las 22 horas inició la Audiencia de Flagrancia que concluyó a las 03 horas del 9 de diciembre. La Fiscal en medio de la Audiencia de Flagrancia señala que “Marcelo agredió al Rector y que esto provoca un acto de conmoción nacional por lo que niega la sustitución de las medidas cautelares”. Dicta la prisión preventiva y abre el proceso de instrucción fiscal con la acusación de terrorismo organizado tipificado en el art. 160 del Código Penal ecuatoriano.
Es necesario tomar en cuenta que los abogados defensores de los 3 detenidos presentaron todos los documentos demostrando el arraigo social, familiar y laboral, que según las normas de procedimiento penal son suficientes para dictar cualquier medida cautelar, excepto la prisión preventiva.
Sin darle importancia a los documentos presentados, la fiscal de turno plantea sus opiniones y apreciaciones personales contra Marcelo, la actuación del Frente Revolucionario de Izquierda Universitario en la Central, etc.
Conocemos extraoficialmente que algunos personajes de la alta política del gobierno estuvieron presentes en la PJ y hablaron con la Fiscal de Turno.
INSTRUCCIÓN FISCAL
Para iniciar la Instrucción Fiscal, se entregan todas las piezas procesales al Juzgado Décimo de Garantías Penales, con la Jueza Dra. Noemí Santillán Bravo y a la Unidad de Delitos Misceláneos de la Fiscalía Provincial de Pichincha con el Dr. Hernán del Pozo Basante, quienes serán los encargados de llevar adelante este proceso penal.
Hasta el 8 de enero se terminó la instrucción fiscal, proceso en el que se presentaron las pruebas de descargo de Marcelo, varias personas asistieron como testigos a rendir sus versiones de los hechos acontecidos el 8 de diciembre, así como también fueron a reconocer la honorabilidad de Marcelo. Más de una decena de personas certificaron con firma y rubrica la honestidad y compromiso de Marcelo como una persona decente, que en toda su vida actuó apegado a la ley, reconociendo que no es una persona violenta y señalando que por el contrario es un líder estudiantil y juvenil que defiende los derechos de un sector importante de la sociedad como son los estudiantes secundarios y universitarios.
Se demostró que la FEUE es una organización legal, con personería jurídica, reconocida por el Conesup, descartando la acusación de que es una organización ilegal con fines desconocidos e ilegales.
Terminada la instrucción Fiscal, el Fiscal Hernán del Pozo, con fecha 15 de enero, solicita a la Jueza Décima que señala el día y la hora de la Audiencia para presentar el Dictamen Fiscal.
AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS
El 29 de enero se desarrolla la Audiencia de Formulación de Cargos, donde no participa el Fiscal Dr. Hernán del Pozo, que había conocido el caso con anterioridad, sino que actúa el Fiscal Dr. Patricio Navarrete que, en menos de cinco días tuvo que estudiar los 14 cuerpos que hasta ese momento existían sobre el Caso de Marcelo.
Los abogados de la defensa señalaron que existían varios elementos que viciaban el proceso, por lo cual pedían su nulidad; sin embargo, la Jueza calificó el proceso y continuó con la Audieincia.
El Fiscal Navarrete presentó un Dictamen fiscal acusatorio en contra de Marcelo Rivera, descartó el artículo 160 de terrorismo organizado por el que inicialmente se lo acusaba y lo cambió por el artículo 164 del Código Penal: Agresión terrorista a funcionario público, dejando a Marcelo en estado de indefensión ya que durante la instrucción fiscal se presentaron las pruebas para descargar el delito por el que se le inició la investigación.
Sobre los otros dos jóvenes detenidos Navarrete señala que “no encuentra las pruebas para sustanciar la acusación por lo que se abstiene de acusarlos”.
Los abogados de la defensa realizaron intervenciones para demostrar la inocencia de los acusados con argumentaciones constitucionales, jurídicas sobre el caso, sin embargo la Jueza Noemí Santillán acogió el pronunciamiento de Fiscal Navarrete y dictó el auto de llamamiento a juicio a Marcelo, por considerarlo supuesto autor del delito de agresión terrorista, mientras plantea que en los siguientes días se pronunciará oportunamente sobre el pedido de la sustitución de la prisión preventiva.
Sobre los otros jóvenes plantea que somete a consulta del Fiscal Superior, como reza en el Código de Procedimiento Penal, ya que no hubo acusación fiscal y dicta la emisión de las boletas de libertad para su inmediata excarcelación.
LUEGO DE LA AUDIENCIA
-Después de 45 días, el 15 de marzo, la jueza Noemí Santillán se pronuncia sobre la sustitución de la medida negándola, porque no encuentra elementos nuevos que desvinculen la participación de Marcelo en la supuesta agresión.
Con fecha 18 de marzo, el Dr. Román presenta un escrito ante el Juzgado 10 de la Dra. Noemí Santillán pidiendo se amplíe el Auto donde señala que no se ha justificado o desvanecido las evidencias, negando la sustitución de la prisión preventiva.
-La Dra. Santillán, amplia y se ratifica en su pronunciamiento anterior, plantea que no existen los elementos necesarios para dictar la medida sustitutiva y se ratifica en el auto de llamamiento a juicio.
-El Dr. Román presenta un escrito apelando el pronunciamiento de la Jueza ante la Corte Provincial.
-El 26 de abril se realiza el sorteo de la causa de Marcelo y la Sala que debe avocar conocimiento del caso es la Primera Sala de lo Penal
-Se notifica que el sorteo determinó que la Sala Primera de lo Penal, Colusoria y de Tránsito conozca el caso de Marcelo
-El 17 de mayo se notifica que la Audiencia oral, pública, contradictoria en lo referente al recurso de apelación se realizará el 1 de junio del 2010, a las 9h30 en la Corte Provincial.